domingo, 15 de mayo de 2016

INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA LOS ALUMNOS DEL PLAN DE ESTUDIOS DE LAS COHORTES 2015 Y 2016.
Régimen Académico Institucional- 
Te recordamos que ante cualquier duda que tengas sobre tu Trayectoria Formativa de la Carrera, debes consultar al Equipo de Conducción





PROVINCIA DEL CHACO
MINISTERIO DE EDUCACION, CULTURA,
CIENCIA Y TECNOLOGIA
DIRECCION DE EDUCACION SUPERIOR





INSTITUTO DE EDUCACION SUPERIOR
DE EDUCACION FISICA



REGLAMENTO ACADEMICO INSTITUCIONAL



















Capítulo 1: Consideraciones Preliminares

En el marco del Régimen Académico Marco (RAM) de la Provincia del Chaco  Resolución Nº 7623/4 MECCyT Anexo II el Instituto de  Educación  Superior  de Educación Física de la Ciudad de Resistencia propone el Régimen Académico Institucional (RAI) como normativa institucional capaz de acompañar y sostener en su complejidad y especificidad la trayectoria formativa de los estudiantes del Nivel Superior. Constituye   la  norma  marco  de  cumplimiento   obligatorio   para el Instituto de Educación Superior de Educación Física -  IESEF-  resultado de un proceso de participación democrática de toda la comunidad educativa.

El  Régimen  Académico  Institucional,  incorpora  en  su  estructura  formal  los siguientes componentes:
ü Ingreso
ü Trayectoria Formativa
ü Permanencia y Promoción

Capitulo 2: INGRESO 

Refiere a las condiciones legales, administrativas e institucionales, para el acceso a los estudios de Nivel Superior.
El ingreso al primer año a la/s carreras/ s que dicta el Instituto de Educación Superior de Educación Física  se dará conforme a la capacidad edilicia del Instituto y a las posibilidades de un proceso de Enseñanza y Aprendizaje óptimo, -recursos materiales y humanos- garantizando los principios  de ingreso directo a la institución, la no discriminación y la igualdad de oportunidades, en el marco de la Resolución CFE Nº72/08.-
Por tal motivo el IESEF propone una instancia de ingreso (Taller propedéutico) cuyo objetivo es brindar a los alumnos una adecuada orientación educativa  y nociones básicas que lo inicien en la carrera que requiere determinadas capacidades cognitivas, condicionales y coordinativas. Este taller es de cursado obligatorio y ofrece un espacio formativo atendiendo de las trayectorias escolares previas.


2.1- PERÍODO  DE INSCRIPCIÓN:

Las fechas de inscripción  como  alumno  del establecimiento  será la primera quincena de diciembre del año escolar, con la posibilidad de una segunda inscripción en febrero a partir de la primera obligación concurrente del año lectivo y durante 10 días hábiles,   en el marco  del Calendario  Escolar correspondiente.
La Institución realizará  además, un Programa de Promoción de la carrera durante los meses de  Octubre y Noviembre de cada año.









2.2- REQUISITOS   DE INSCRIPCIÓN

Son requisitos de inscripción para iniciar estudios en el IESEF:
Completar  el legajo  personal  consistente  en:

a)    Certificado de estudios completos del Nivel Secundario según planes aprobados por   Resolución Nº 470/00  del  Ministerio de Educación,  Cultura, Ciencia  y Tecnología de la Provincia del Chaco o sus equivalentes  nacionales  o   provinciales;  si   este ,   se    encontrare  en  trámite,  deberá   presentarse  constancia  del Establecimiento Educativo, especificando tal situación.
El aspirante solo podrá adeudar  una sola  asignatura del nivel secundario-polimodal,   que deberá ser aprobada antes del 30 de abril del año  en curso, de acuerdo a la reglamentación vigente.

b)    Fotocopia autenticada del Documento Nacional de Identidad, primera y segunda   hoja.
c)    Partida de nacimiento legalizada.
d)    Certificado de domicilio actualizado.
e)    Certificado de antecedentes.
f)     Fotos tamaño carnet, 3/4 perfil, fondo blanco, cinco (5)
g)    Examen Médico. ( se anexa al RAI el  protocolo médico) En caso de mujeres Análisis de Embarazo y/o Test de embarazo.
h)    APTO MÉDICO COMPLETO avalado por médico del  IESEF según ficha médica presentada y APTO PSICOLÓGICO emitido por Salud Pública.

Para el caso de los aspirantes que presenten problemas de salud y/o se encuentren en estado de gravidez deberán presentar una nota a Rectoría para informar al respecto. Además deben adjuntar el certificado médico correspondiente, para evaluar la situación atendiendo a la normativa vigente. De no cumplir con este requisito que va en contradicción con las exigencias académicas y  los  requerimientos para  el  ejercicio de  la  profesión, la Institución informará por acta al estudiante y remitirá la misma a la Dirección de Educación Superior para sus efectos y trámites que correspondan. El IESEF no se responsabilizará de los sucesos que pongan en peligro la salud y la integridad física de los/las ingresantes durante el cursillo de ingreso.



2.3-Los aspirantes   sin titulo  de nivel  medio y mayores  de 25 años  deberán  reunir las condiciones  establecidas   en el Art. 7 de la Ley 24.521/95  de Educación    Superior    y  cumplimentar    las   exigencias    establecidas    por   la  Resolución     949/97Ministerio  de  Educación,   Cultura,  Ciencia  y Tecnología   de la Provincia del Chaco  y lo expresado  en la Res. MEN 537/08      
Luego de haber completado esta   primera   instancia,    presentará    los  demás   requisitos    expresados  en  el apartado referido a los requisitos de inscripción.

2.4- Aquellos aspirantes extranjeros, que deseen ingresar al IESEF deberán presentar la documentación exigida en  las diferentes normativas de reconocimiento de estudios extranjeros que se detallan en la Dirección de Validez Nacional de Títulos y Estudios, Ministerio de Educación de la Nación. Para ello deberán informarse  sobre:
Convenios Bilaterales de Estudios. Convalidación de Países con Convenio.
Reconocimiento de Educación Secundaria de Países sin Convenio. Diferentes normativas de reconocimiento.
Además será necesario el manejo básico del idioma castellano.


2.5- INSCRIPCIÓN EN CATEGORÍA DE ALUMNO CONDICIONAL

Podrán inscribirse en forma condicional quienes adeuden hasta dos materias de la educación secundaria,  cursar y realizar todas las actividades académicas requeridas hasta el 30 de abril del año de ingreso, fecha a partir de la cual, para proseguir deberán presentar el Certificado Analítico de Estudios Secundarios Completos o en su defecto la constancia de título en trámite, válida por tres meses. En caso de no cumplir con este requerimiento perderá automáticamente la condición de alumno.

También se debe considerar alumno Condicional a aquel que no hubiere aprobado el  taller propedéutico, el cual asistirá al cursado de materias hasta  el mes de mayo  en esta condición. En el caso que el alumno desacredite la instancia  evaluativa que se arbitrará en este mes; perderá la misma.
Durante el segundo cuatrimestre  se arbitrará una instancia evaluativa a los alumnos que no hayan aprobado el taller propedéutico;  en caso de ser aprobada tiene el ingreso en el ciclo lectivo siguiente.



2.6- CURSO PROPEDÉUTICO

El propósito del taller propedéutico es brindar a los alumnos una adecuada orientación educativa  y nociones básicas que lo inicien en la carrera.

El aspirante deberá entregar la documentación completa  y haber obtenido el apto médico para iniciar el cursado del Taller de Introducción a la carrera de Educación Física.  Este taller consta de dos instancias para los aspirantes.

A- Examen Médico, según protocolo médico

B- Examen Teórico y Práctico

Considerando el enfoque multirreferencial del sujeto ingresante se establecen contenidos que interpelen las dimensiones del mismo-.

El cursado comprenderá  4 semanas (desde marzo hasta abril). El desarrollo del mismo tendrá la comprensión  y la producción escrita como eje del desarrollo de los contenidos introductorios.

Los aspirantes estarán en condiciones de comenzar el cursado de las materias una vez que acrediten haber asistido en un 80% y  realizado las actividades propuestas en un 100%, correspondientes a este Taller.

El taller será eliminatorio sólo en el caso en que los aspirantes no cumplan con los requisitos detallados anteriormente.

Para promover la permanencia y continuidad de las acciones iniciadas en el Taller, el instituto diseñará estrategias y dispositivos de acompañamiento de los alumnos ingresantes durante el primer año de cursado.
Este acompañamiento será realizado a través de la figura del tutor. Podrán   participar del mismo, alumnos regulares de la institución. Tanto profesores como alumnos serán seleccionados según el/los siguientes criterio/s  profesores en condición de “cuatrimestre libre” y los estudiantes que se encentren cursando sus ultimas unidades curriculares.

El cursado de las Dimensiones, comenzarán con TUTORÍAS que conforman el Taller de Introducción.
Cada alumno formará parte de una Comisión y no podrá cambiarse de la misma salvo que la institución lo decida, de acuerdo a los motivos considerados.
 Los aspirantes deberán presentarse indefectiblemente en el día y horarios establecidos por la institución con la indumentaria establecida institucionalmente:
Clases prácticas: short, remeras con color correspondiente a la reglamentación institucional (varones) buzo o calzas largas (mujeres), calzado deportivo y medias.
Natación: malla enteriza (mujeres) y short de baño (varones)

Clases teóricas: los varones   con pantalón  largo, camisa o remera con mangas, acorde  con la estética e higiene.
Las mujeres con pantalón o calza larga, con blusas o remeras acorde  con la estética e higiene.

En el caso que el aspirante no apruebe una o más dimensiones, el instituto ofrecerá una  instancia, denominada “programa complementario” que  tiene como objetivo orientar al aspirante respecto a sus dificultades  y facilitarle instancias de apoyo.

La institución podrá modificar contenidos o modalidad del curso propedéutico según  diseño curricular vigente y necesidades institucionales.


Capítulo 3: TRAYECTORIA FORMATIVA

La trayectoria formativa refiere a la construcción de recorridos propios por parte de los estudiantes en el marco del/  los diseños curriculares vigentes en el IESEF.
Para la construcción de las trayectorias formativas, se promoverá la articulación entre:
• Los saberes académicos propio de la Carrera.
• Las instancias de participación de los estudiantes en la vida institucional.
El IESEF propicia la participación estudiantil en distintos espacios académicos tales como:
• Consejo  Directivo  con el 50% de consejeros  estudiantiles,  representantes  de la  carrera.
• Centro de Estudiantes de Educación Física conformado según lo establecido en la Ley 5135 de la provincia del Chaco.
 Además los estudiantes podrán participar en proyectos institucionales de extensión, investigación, experiencias educativas, deportivas con la comunidad y/o tutorías de estudiantes de los primeros años, entre otros.

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3.1-PERIODO LECTIVO  y CALENDARIO ACADÉMICO

El periodo lectivo lo establece formalmente  el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia Y Tecnología de la provincia del Chaco.

El instituto definirá el calendario académico a partir de lo establecido por la jurisdicción.


3.2-INSCRIPCIÓN   Al   CURSADO  DE LAS  UNIDADES  CURRICULARES

Para inscribirse al cursado de las unidades curriculares, el interesado deberá:

·      Ser alumno regular de la institución.
Presentar la solicitud en tiempo y forma, según lo establecido por el  instituto.

     Efectuar su  inscripción “on line” por unidad y/o espacio curricular,  podrá hacerlo en  la  cantidad  de  unidades curriculares que considere y que esté en condiciones de hacerlo según régimen de correlatividades vigente.

     Optar por la modalidad de cursado.  El alumno que optase por las modalidades presencial o semipresencial, no podrá presentarse a evaluación final como libre sin antes haber perdido las condiciones que estas modalidades exigen.


Capítulo 4: PERMANENCIA Y PROMOCIÓN

La permanencia de los estudiantes refiere a las condiciones académicas requeridas para la prosecución de los estudios en el nivel.
La promoción remite a las formas de acreditación de las diferentes unidades curriculares.


4.1-CONDICIÓN            DE REGULARIDAD   DE LOS   ESTUDIOS
Se considerará alumno regular al que:
1)  Haya cumplimentado los requisitos para el ingreso.
2)  Haya regularizado al menos 2 (dos) unidades curriculares en el año lectivo o acreditado al menos 1 (una) unidad curricular en el año lectivo en cualquiera de las modalidades de cursado.                                                                  


Durante  el primer  ciclo  lectivo  de ingreso  del alumno, será considerado alumno regular quienes se encuentren cursando al menos una unidad curricular en cualquiera de las  modalidades de cursado que requiera asistencia.

4.2- VIGENCIA   DE LA REGULARIDAD   DE LAS  UNIDADES  CURRICULARES

La condición de alumno regular en cada unidad curricular dependerá de los requisitos establecidos para cada modalidad de cursado y se mantendrá por dos años académicos para las instancias de cierre y acreditación correspondiente. Cada institución debe asegurar, como mínimo, siete (7) turnos a mesas examinadoras a lo largo de dicho período.



4.3-TIPOS  DE UNIDADES  CURRICULARES

Se respetarán las denominaciones de las unidades curriculares y sus características pedagógicas, estipuladas en los planes de estudios  correspondientes a los diseños curriculares aprobados: Materia. Seminarios. Talleres. Prácticas Profesionales -  Docentes, Unidades curriculares opcionales

El diseño curricular se organiza atendiendo a los siguientes formatos:

Asignatura

Se define por la organización y la enseñanza de marcos disciplinares o multidisciplinares y sus derivaciones metodológicas para la intervención educativa de valor troncal para la formación. Brinda conocimientos, modos de pensamiento y modelos explicativos de carácter provisional, evitando todo dogmatismo, como se corresponde con el carácter del conocimiento científico y su evolución a través del tiempo.
Se sugiere para su desarrollo la organización de propuestas metodológicas que promuevan el análisis de problemas, la investigación documental, la interpretación de datos estadísticos, la preparación de informes, el desarrollo de la comunicación oral y escrita, entre otros.
En cuanto al tiempo y ritmo de las asignaturas, sus características definen que pueden adoptar la periodización anual o cuatrimestral, incluyendo su secuencia en cuatrimestres sucesivos.
En relación a la evaluación se propone la acreditación a través de exámenes parciales y finales ante una mesa examinadora.

Prácticas de la enseñanza

Son ámbitos de participación progresiva en el ámbito de la práctica docente en las escuelas y en el aula y otros espacios, desde ayudantías iniciales, pasando por prácticas de enseñanza de contenidos curriculares delimitados hasta la residencia docente con proyectos de enseñanza extendidos en el tiempo.
Se encadenan como una continuidad de los trabajos de campo, por lo cual es relevante el aprovechamiento de sus experiencias y conclusiones en el ejercicio de las prácticas docentes.
Las prácticas docentes representan la posibilidad concreta de asumir el rol profesional, de experimentar con proyectos de enseñanza y de integrarse a un grupo de trabajo en red institucional.
Su carácter gradual y progresivo determina la posibilidad de organización en una secuencia articulada a lo largo del plan de estudios.

Trabajos de Campo
    
Favorece la aproximación empírica al objeto de estudio y se centra en la recolección y el análisis de información sustantiva (con variadas estrategias metodológicas), que contribuyan a ampliar y profundizar el conocimiento teórico sobre un recorte del campo educativo que se desea conocer, confrontando así teoría y práctica, para la producción de conocimientos en contextos específicos.



Seminarios

Surge de un recorte parcial de un campo de saberes constituyéndose en temas/problemas relevantes para la formación del futuro docente. Este recorte puede asumir carácter disciplinar o multidisciplinar.
Estas unidades, permiten el cuestionamiento del "pensamiento práctico" y ejercitan el trabajo reflexivo.


Talleres
Se constituye en un espacio de construcción de experiencias y conocimientos en torno a un tema o problema relevante para la formación y orientado a la producción de saberes.
Es un ámbito valioso para la confrontación y articulación de las teorías con desempeños prácticos reflexivos y creativos, en el que se ponen en juego los marcos conceptuales disponibles como la búsqueda de aquellos otros nuevos que resulten necesarios para orientar, resolver o interpretar los desafíos de la producción.

Ateneos

Son espacios de reflexión que permiten profundizar en el conocimiento y análisis de casos relacionados con temáticas, situaciones y problemas propios de uno o varios espacios curriculares. Requieren un abordaje metodológico que favorezca la ampliación e intercambio de perspectivas (de los estudiantes, de los docentes, de expertos) sobre el caso/ problema en cuestión. La clave del ateneo es la discusión crítica colectiva.


4.4- MODALIDADES    DE CURSADO  DE LAS  UNIDADES  CURRICULARES


Existen  tres modalidades   de cursado  de las unidades  Curriculares:

1)   PRESENCIAL:   dentro  de esta modalidad  podrá instrumentarse   la modalidad  PROMOCIONAL
2)   SEMI PRESENCIAL.
3)   LIBRE

      

Se  consideran   unidades  curriculares   de  cursado   presencial obligatorio las que:

·         Pertenecen    al campo   de la formación    en la práctica   profesional,   para  las  carreras de formación    docente.
·         Las que posean el formato de Taller y seminario






4.5- SISTEMAS DE CRÉDITOS

El instituto diseñará un sistema de créditos optativo para cualquiera de los campos de la Formación atendiendo   a la flexibilización   de los diseños  curriculares   según  lo establecido  en la Res. CFE 24/07. La  propuesta   será   puesta a  consideración    ante  el  Consejo Directivo  y una vez aprobada,  se podrá poner en vigencia.


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4.6.-CORRELATIVIDADES


El alumno  deberá  cumplir,  para el cursado  y acreditación   de las unidades  curriculares,   con el Régimen   de  Correlatividades    establecido   en  los  diseños   o  en  norma  complementaria    al  plan  de estudios  correspondiente.


4- DE LOS REGÍMENES DE CURSADA

4.1- DE LA MODALIDAD PRESENCIAL:

CARACTERÍSTICAS    Y REQUISITOS
 El alumno  deberá:
a)  Acreditar    el 70 % de asistencia    como  mínimo,  en las actividades  propuestas  en cada  una de las unidades  curriculares.

b)    Cumplimentar      y aprobar    el  100%  de  instancias     de  evaluaciones     integradoras   escritas, orales o prácticas o    la  combinación    de   ellas,   que   abarquen    los contenidos básicos desarrollados en cada modalidad o tratamiento de la unidad curricular.


Estas  evaluaciones   podrán  ser  producciones   de carácter  individual  y/o  grupal.  La institución   asegurará    la   existencia    de   una   distribución    equitativa    de   las   modalidades    de evaluación.


b.   1 La  cantidad  de evaluaciones   integradoras  será de la siguiente manera

Horas reloj
Cantidad mínima de evaluaciones
Inferior o igual a 70 hs reloj
2 (dos)
Entre 71 y 100 hs reloj
3 (tres)
Superior o igual a 101 hs reloj
4 (cuatro)

b.2. El alumno tendrá derecho a reelaborar la mitad (50%) de las producciones individuales y/o grupales como instancias de recuperación de las evaluaciones integradoras cuando no se  alcancen  los  logros  mínimos establecidos. 
     En el caso de que el número de evaluaciones integradoras sea impar, el número de reelaboraciones será del 50% mas 1.
Cada profesor decidirá el momento en que se llevaran a cabo estas reelaboraciones.


b. 3- El alumno que quedara libre en la última evaluación podrá según decisión del profesor de cada unidad curricular acceder a un examen complementario que posibilite su readmisión en la condición de alumno presencial siempre y cuando quedara plasmado esto la planificación presente ciclo lectivo.



b.4 El alumno ausente a una evaluación integradora podrá ser evaluado en fecha establecida por el profesor, previa a la fecha de reelaboración en el caso de ausentarse por las siguientes causales:
·         Fallecimiento de familiar directo.
·         Accidente del alumno acreditado con exposición policial
·         Robo acreditado con exposición policial.
·         Enfermedad que impida el traslado como mínimo 48 hs.
·         Representación deportiva  de la Provincia.
·         Internación con certificación médica.
·         Paro de transporte con conocimiento público.
·         Actividades institucionales curriculares y extra curriculares con autorización por el equipo directivo.
·         Cuestiones climáticas extremas según resolución ministerial.
·         Corte de ruta con constancia policial que certifique el hecho.
·         Capacitación relacionada con la especificidad de la carrera, aprobada por el equipo directivo y o consejo directivo.

Todas estas causales deberán ser justificadas con 48 Hs hábiles, a través de una nota dirigida a la Rectoría. Adjuntando a la misma la documentación que justifique el motivo de la inasistencia


·         El alumno ausente a una evaluación según causas justificadas, establecidas en el presente reglamento, tendrá derecho a una nueva fecha de evaluación antes de la fecha de reelaboración, establecida para el resto de los alumnos de la comisión. Es decir, la ausencia no afecta el porcentaje correspondiente a la reelaboración.
·         Sólo se contemplará, 1 (uno) ausente a una instancia de evaluación.


·         El alumno que no justifique su inasistencia, tendrá derecho a una fecha de evaluación, sin derecho a la instancia de reelaboración correspondiente. Esto afectará al porcentaje de reelaboraciones siguientes.
Solo se contemplará una sola instancia de evaluación injustificada.



c) Al cumplimentar los requisitos a) y b) el alumno REGULARIZA la unidad curricular y esta condición se mantiene durante 2 (años), a contar desde el momento de cierre de la unidad curricular .y siete (7) turnos.

d) ACREDITACIÓN: El alumno deberá aprobar, individual o grupalmente, ante una comisión evaluadora, una producción final e integradora que abarque los contenidos desarrollados en la unidad curricular con formato materia taller o seminario, en los tiempos fijados en el ítem e).

El Instituto determinará las normas para la constitución de la comisión evaluadora y  las características de la producción individual y/o grupal.



Cumplimentadas la totalidad   de las  condiciones  señaladas, el alumno  acreditará  la unidad curricular.



DE LA PÉRDIDA DE LA CONDICIÓN

a)  El no cumplimiento del porcentaje de asistencia representa la pérdida de esta condición.
El alumno podrá optar por presentarse a la comisión evaluadora en condición de alumno semipresencial o iniciar nuevamente el cursado de la unidad curricular.  En caso de optar por reiniciar el cursado, automáticamente perderá la condición de semipresencial adquirida.

b)  La no presentación y la no aprobación de las producciones individuales y/o grupales a las instancias de evaluaciones integradoras y/o las correspondientes instancias de reelaboración, determinará la pérdida de esta condición. El alumno podrá optar entre presentarse  ante  una  comisión evaluadora    como  alumno  libre,  sin  perjuicio  de  las excepciones establecidas en el punto 3.5 del presente régimen, o iniciar nuevamente el cursado de la unidad curricular.

c)   Vencido   el  período  de 2 años  contabilizados   desde  el  momento   de  cierre  de  la unidad curricular     y/o  la  no  aprobación    de  la  evaluación   final,   en  las  el alumno  deberá  iniciar  nuevamente  el cursado  de la unidad  curricular  o acreditarla           en  carácter   de  libre,  si  la  característica   de  la  unidad   curricular   lo  permite .



DE LA MODALIDAD DE CURSADO PRESENCIAL- PROMOCIONAL

La institución acuerda que la promocionalidad de la unidad curricular dependerá del criterio del profesor.
 En dicho caso se deberá firmar un acta de acuerdo entre estudiantes y docente para adherirse a la misma, los estudiantes que no lo hicieran no podrán acceder a esta condición.
 A  excepción de las unidades curriculares que pertenezcan al campo de la formación en la práctica profesional.

Requisitos de PROMOCIONALIDAD-

* Firma de un Acta Acuerdo entre los alumnos y el profesor.
* El 80% de asistencia a clases.
4
*La calificación de las producciones integradoras deberá ser 8 o más y puede obtener una nota menor de 8 pero aprobatoria, cuando las evaluaciones no superen el Nº de 4.
*Cuando superen las 4 evaluaciones, tendrán la posibilidad de obtener 2 notas aprobatorias menores a 8(ocho).
Ejemplos:
5 evaluaciones: pueden obtener 2 (dos) notas menores a 8
6 evaluaciones: pueden obtener 2 (dos) notas menores a 8
* Sin instancias de reelaboración.
*Sin coloquio final integrador.

DE LA CONDICIÓN DE  ACREDITACIÓN DE LA PROMOCIONALIDAD

El docente que decide la condición de promocional para su unidad curricular deberá colocar una calificación de acreditación no inferior a 8, ya que la condición de promocional implica un proceso y calificaciones igual o superior a 8, por lo que la instancia de acreditación no puede tener una calificación inferior.


4.2 DE LAMODALIDAD      SEMIPRESENCIAL

CARACTERÍSTICAS Y  REQUISITOS
El alumno deberá:

a) Cumplimentar   y aprobar el  100% de  instancias de evaluaciones integradoras escritas, orales o prácticas, o la combinación de ellas, que abarquen los contenidos básicos desarrollados en cada modalidad de tratamiento de la unidad curricular.
Estas evaluaciones podrán ser producciones de carácter individual y/o grupal. La institución  asegurará  la  existencia  de  una  distribución  equitativa  de  las  modalidades  de evaluación.


b1 La  cantidad  de evaluaciones   integradoras  será de la siguiente manera

Horas reloj
Cantidad mínima de evaluaciones
Inferior o igual a 70 hs reloj
2 (dos)
Entre 71 y 100 hs reloj
3 (tres)
Superior o igual a 101 hs reloj
4 (cuatro)

b.2. El alumno tendrá derecho a reelaborar la mitad (50%) de las producciones individuales y/o grupales como instancias de recuperación de las evaluaciones integradoras cuando no se  alcancen  los  logros  mínimos establecidos. 
     En el caso de que el número de evaluaciones integradoras sea impar, el número de reelaboraciones será del 50% mas 1.
Cada profesor decidirá el momento en que se llevaran a cabo estas reelaboraciones.


b. 3- El alumno que quedara libre en la última evaluación podrá según decisión del profesor de cada unidad curricular acceder a un examen complementario que posibilite su readmisión en la condición de alumno semi-presencial siempre y cuando quedara plasmado en la planificación presente ciclo lectivo.


b.4 El alumno ausente a una evaluación integradora podrá ser evaluado en fecha establecida por el profesor, previa a la fecha de reelaboración en el caso de ausentarse por las siguientes causales:

·         Fallecimiento de familiar directo con la certificación correspondiente
·         Accidente del alumno acreditado con exposición policial
·         Robo acreditado con exposición policial.
·         Enfermedad que impida el traslado como mínimo 48 hs.
·         Representación deportiva  de la Provincia.
·         Internación con certificación médica.
·         Paro de transporte con conocimiento público.
·         Actividades institucionales curriculares y extra curriculares con autorización por el equipo directivo.
·         Cuestiones climáticas extremas según resolución ministerial.
·         Corte de ruta con constancia policial que certifique el hecho.
·         Capacitación relacionada con la especificidad de la carrera, aprobada por el equipo directivo y o consejo directivo.

Todas estas causales deberán ser justificadas con 48 Hs hábiles, a través de una nota dirigida a la Rectoría. Adjuntando a la misma la documentación que justifique el motivo de la inasistencia


·         El alumno ausente a una evaluación según causas justificadas, establecidas en el presente reglamento, tendrá derecho a una nueva fecha de evaluación antes de la fecha de reelaboración, establecida para el resto de los alumnos de la comisión. Es decir, la ausencia no afecta el porcentaje correspondiente a la reelaboración.
·         Sólo se contemplará, 1 (uno) ausente a una instancia de evaluación.


·         El alumno que no justifique su inasistencia, tendrá derecho a una fecha de evaluación, sin derecho a la instancia de reelaboración correspondiente. Esto afectará al porcentaje de reelaboraciones siguientes.
Solo se contemplará una sola instancia de evaluación injustificada.


c) Al cumplimentar los requisitos a) y b) el alumno REGULARIZA la unidad curricular y esta condición se mantiene durante 2 (años), a contar desde el momento de cierre de la unidad curricular .y siete (7) turnos.

d) ACREDITACIÓN: El alumno deberá aprobar una evaluación final, individual escrita y oral y/o práctica ante comisión evaluadora que abarque los contenidos desarrollados en el espacio  curricular. Tanto la instancia escrita como la oral y/o práctica no serán eliminatorias individualmente.


El Instituto establece que la Comisión Evaluadora se conformará con el docente que esté a cargo de la Unidad Curricular (UC)  y/o Espacio Curricular (EC) y con dos vocales, profesores de la Carrera, preferentemente de UC y/o EC afines.

Cumplimentadas la totalidad   de las  condiciones  señaladas, el alumno  acreditará  la unidad curricular.



DE LA PÉRDIDA  DE LA CONDICIÒN


a)  La no presentación y  la no aprobación de las producciones individuales y/o grupales a las instancias de evaluaciones integradoras y/o las correspondientes instancias de reelaboración, determinará la pérdida de esta condición. El alumno podrá optar entre presentarse ante una comisión evaluadora  como alumno libre, sin perjuicio de las excepciones establecidas en el punto referidas a las unidades curriculares establecidas como de cursado obligatorio del presente régimen, o iniciar nuevamente el cursado de la unidad curricular.

b)  Vencido  el  período de 2  años contabilizados desde el  momento de cierre  de  la  unidad curricular  y/o la no aprobación de la evaluación final, en las 7 (siete) instancias, determinará que el alumno deberá iniciar nuevamente el cursado de la unidad curricular o acreditarla en carácter de libre, si la característica de la unidad curricular lo permite (punto 3.5).



4.3 DE LA MODALIDAD LIBRE


CARACTERÍSTICAS   Y REQUISITOS


a)  El alumno podrá optar por la condición de libre sólo en los casos de unidades curriculares con formato materia, en los Campos de la Formación General y Específica.

b)  Podrá también acceder a esta condición al no cumplir las condiciones como alumnos presenciales o semipresenciales y conforme a las especificaciones que en cada caso se señalan.

ACREDITACIÓN:  El  alumno  deberá  aprobar  una  evaluación final,  individual,  escrita  y oral/práctica con ambas partes eliminatorias y  que abarque los contenidos de  la Unidad Curricular.  La  comisión evaluadora estará  integrada por tres  docentes  como  mínimo, el docente  a  cargo  del  espacio  junto  con  otro  docente  perteneciente  a  otras  unidades curriculares  de  campos afines, en  número  a determinar según  características  la  unidad curricular y criterios institucionales.

Cumplimentada la instancia de evaluación final  el alumno acreditará la unidad curricular.


5- DE LA CALIFICACIÓN DE LOS ALUMNOS

La acreditación de las unidades curriculares -en todas las condiciones- se regirá por la escala numérica del 1 al 10.

Escala numérica
Escala Conceptual
1 a 5
No aprobado

6
Aprobado
7
Bueno

8
Muy bueno

9
Distinguido

10
Sobresaliente



La  calificación   de  aprobación   obtenida   en  la  evaluación   final  ante  la  comisión  evaluadora determinará    la   acreditación    de   las   unidades    curriculares    correspondientes      las   condiciones Presencial,   Semipresencial    o Libre,  no obstante  la calificación     final   de acreditación     de cada  uno de  ellas   resultará   de  la  combinación    de  las  diferentes   instancias   de  evaluaciones    integradoras (participación,   producciones   individuales   y/o  grupales)   y de la evaluación   final,  no en el sentido  de sumatoria   o  promedio   sino  en  relación   a  los  criterios   de  evaluación   fijados   por  el  profesor  de  la unidad  curricular.   Sólo  en el caso  de  la evaluación   del  alumno  libre  la calificación   definitiva  será  la resultante  de combinar  las calificaciones   de cada parte del examen.


DE LA INSCRIPCIÓN   A LA UNIDAD CURRICULAR PARA RENDIR  INSTANCIA FINAL

El alumno tiene derecho a inscribirse para rendir como instancia final hasta en dos espacios/unidades curriculares  de diferentes años cuando coincidan en la fecha y horario, en cualquiera de las condiciones presencial, semipresencial o libre.



Procedimiento a seguir:

Del estudiante
Dar el presente en ambas comisiones evaluadoras y comunicar al presidente de mesa de su situación, el alumno deberá rendir primero en el espacio/unidad curricular del año inferior.
Si desiste de rendir debe comunicar al docente su decisión de retirarse de la mesa.

Del docente

Cuando el docente sea notificado por el alumno, de su situación, deberá evaluarlo en primer lugar para que pueda ir a la otra mesa de examen.
Debe  esperar al alumno durante 90 minutos. Transcurrido ese tiempo y de no presentarse corresponde AUSENTE.

Observación: Queda exceptuado de este procedimiento en el caso de 2 –dos- Espacios/ Unidades Curriculares del Campo de la Práctica Profesional o del Campo Disciplinar que impliquen evaluación teórica/práctica en ambos casos.

6- EQUIVALENCIAS


Los  alumnos   provenientes   de  otras  Instituciones   de  Educación   Superior   o  Universidades, sean   estas   nacionales    o  provinciales,    de  gestión   estatales   o  gestión   privada,   podrán   solicitar equivalencias    de  todas   las  unidades   curriculares   que  consideren   similares   a  las  que  ya  tengan acreditadas,   salvo aquellas  que pertenecen  al campo  de la formación  en la práctica  profesional.

Podrán  otorgarse  dos tipos de equivalencias:

EQUIVALENCIA    TOTAL: es el resultado  de la acción  administrativo-académica     consistente   en dar por  aprobada   una  unidad  curricular,   luego  de  constatar   que  sus  contenidos   mínimos,   que  podría fluctuar  entre 70 a 100% se asemejan  a los de otras  materias  aprobadas  en otro plan de estudios.


EQUIVALENCIA    PARCIAL:    es el resultado  de la acción  administrativo-académica     que considera  que las  diferencias   de  contenido   u orientación   entre  las  unidades   curriculares   son  significativas Cada Institución en  su  RAI,  determinará    la  metodología   que  implementará    para  que  el  alumno   logre cumplir   con  los  contenidos   necesarios   para  acreditar   la  unidad  curricular,   a  través  de  exámenes finales     complementarios       o    trayectos      de     actualización      de     saberes     que     aseguren      la complementariedad    de los contenidos.

El  alumno   que  solicite   equivalencias,    puede   cursar   la  Unidad   Curricular   cuya  aprobación solicita,  hasta tanto  se le confirme  fehacientemente   el resultado  de lo solicitado.
En  caso  de  notificársele   el  otorgamiento   de  equivalencia   parcial,  podrá  optar  por  continuar con  el  cursado  de  la unidad  o realizar  la complementariedad    que  establezca   la  Institución.   Dejará plasmada  dicha  decisión  en medio  escrito  que se archivará  en su legajo.


6.1- De las condiciones   para solicitar  equivalencias

Para   iniciar   el  trámite   de  reconocimiento    de  unidades   curriculares    por  equivalencias,    el alumno  deberá  cumplimentar   la siguiente documentación debidamente autenticada por la institución de origen:
  

1)   Nota  en la que  solicite  el reconocimiento   de equivalencias   de  Unidades   Curriculares,   en los tiempos  y modos que el instituto  determine.
2)          Certificado   Analítico   original  de  la  Institución   de  la  que  proviene   en  la que   conste  las unidades               curriculares    acreditadas,    con   expresa    indicación    de   fecha   del   examen   y calificación  obtenida.  También  deberá  constar  en  el  mismo  o  en  otra  certificación complementaria,  el  sistema  de  calificación,  escala  que  se  aplicó   nota  mínima  de aprobación.
3)  Copias del programa analítico con el que haya aprobado la asignatura cuya equivalencia solicita.
4)  Toda otra documentación que el instituto considere necesaria o que complemente las anteriores (certificado médico de aptitud física y psicológico actualizado)

6.2- Del Procedimiento administrativo

Ingresada la solicitud y una vez controlada la documentación, desde la Jefatura de Bedelía se emitirá informe actualizado de la situación académica del alumno, para completar de esta manera el expediente que se remitirá a la Secretaría Académica.

6.3- De las funciones  de los equipos  docente y directivo

Para   el   otorgamiento   de   las   equivalencias   la   institución   designará   los   profesores responsables, quienes, a través de un informe:


a)  Analizarán   la  documentación  presentada  y  las  expectativas  de  logro  u  objetivos, contenidos,  carga  horaria  y  bibliografía,  de  la  unidad  curricular  a  acreditar  por equivalencia.
b)  Emitirán criterio, debidamente fundamentado, respecto del otorgamiento de la acreditación total o  parcial o bien del rechazo de la solicitud.
c) Si la acreditación es parcial, consignarán en detalle, con la correspondiente bibliografía, qué contenidos son necesarios que el alumno complete.
d)  En el caso que se aconseje dar por aprobada una unidad curricular de acuerdo con el plan de estudios vigente, se analizará el réqimen de  correlatividades para determinar si la concesión es inmediata o se llevará a cabo después que el alumno apruebe las correlativas correspondientes.
e)  Remitirán dicho informe al Coordinador de Carreras.

El Coordinador de Carreras avalará o no el análisis efectuado por los profesores y lo remitirá al Secretario Académico, para que a través del mismo se confeccione la pertinente Disposición de Equivalencia.

El Rector refrendará lo actuado o bien solicitará una revisión o adecuación.


A través de la Secretaría Administrativa se notificará al alumno solicitante del resultado de las acciones.



6.4- De las calificaciones resultantes de las equivalencias:

En  caso  de   EQUIVALENCIAS  TOTALES:   se  consignará  la  leyenda  "Aprobado  por equivalencia total Disposición 000/00 - RIESEF (Rectoría del Instituto de Educación Superior de Educación Física) y la fecha en que se otorgó la equivalencia.

En caso de  EQUIVALENCIAS PARCIALES, se colocará la calificación de acreditación resultante del proceso complementario que el instituto elija con la fecha que correspondiere a su finalización.


6.5.-CAMBIO DE PLAN DE ESTUDIOS DE LA CARRERA

En   el   caso   del   cambio  de   plan   de   estudios de la Carrera de Educación Física,   por   adecuación   de   Diseños, el Instituto elaborará  un  Plan  de  Homologación  de  Estudios,  que remitirá a la Dirección de Educación Superior para que por su intermedio y ante quien corresponda se obtengan el aval y aprobación, a los fines de facilitar  el tránsito  de  los  estudiantes  de  un  plan  aI otro,   contemplando los  objetivos de  la  formación. Asimismo se arbitrarán los  medios para asegurar la  opción  del  alumno de  terminar sus   estudios  por   el  Plan   iniciado  o  por incorporarse al nuevo Plan.


7-PASES


Los alumnos que se encuentren cursando una carrera en cualquiera de los Institutos de Educación Superior de la provincia del Chaco y hayan aprobado al menos el 30% de la misma, podrán solicitar el pase a otra institución de la misma jurisdicción, según el procedimiento administrativo que se acordará con la Dirección de Títulos y Equivalencias en norma complementaria a la presente.

Se considerarán pasibles de pases sólo aquellas carreras que posean diseños curriculares elaborados y aprobados bajo las condiciones establecidas en la Res. CFE 24/07.


8- READMISIONES


Los   alumnos  que   hayan  perdido  su   condición  de   alumno   regular,   podrán  solicitar readmisiones.
La institución determina  3 (tres)  readmisiones posibles.
La primera readmisión  deberá solicitarla  por escrito a la Rectora explicitando los motivos de la pérdida de la regularidad y presentando la documentación que certifique la trayectoria previa.
La segunda y tercera con nota y adjuntando documentación respaldatoria  pertinente  que justifique  la  perdida de la regularidad (cuestiones laborales, de salud, u otra situación). Una vez recepcionado el pedido, será resuelto por el Consejo Directivo, según el análisis de cada caso.

Período de presentación de solicitud de readmisión - Desde el inicio de ciclo lectivo Febrero – Marzo en el caso de unidades curriculares anuales.
En el mes de Julio antes del receso de invierno  para materias del segundo cuatrimestre del ciclo lectivo en curso.
Podrán solicitar la readmisión:


Estudiantes de 1er. Año que aprobaroel taller propedéutico, se matricularon y luego perdieron la condición de estudiante regular por razones fortuitas y personales. Se admitirá su reincorporación en el año siguiente sin tener que cursar y rendir el examen de ingreso. Una vez superado el peodo de un año, deberán hacer nuevamente el Taller de ingreso.
Estudiantes de 2do., 3ro y/o 4to. o que hayan perdido la regularidad en el Plan de estudio vigente.
Estudiantes  de  planes  anteriores.  En  cuyo  caso  de  ser  readmitidos deberán adecuar su situación al plan de estudio vigente.


No se le otorgara la readmisión a los:
Estudiantes de 1er. Año que hayan perdido la regularidad por no haber aprobado las materias del secundario. En ese caso deberán cursar y rendir nuevamente el Taller propedéutico de ingreso, dado que su regularidad era condicional hasta tanto cumpliera con el requisito anterior.



9- DISCIPLINA    


El instituto revisará anualmente su  sistema    de  convivencia, ajustándose a las necesidades que vayan surgiendo en la institución. El mismo deberá ser aprobado  por el Consejo Directivo y  publicado por diferentes medios para todos los actores institucionales.







10- CARRERAS  A TÉRMINO,  CAMBIO  DE PLAN  DE ESTUDIO  y CAMBIO DE CARRERA


Los Institutos de Educación Superior podrán incluir en sus ofertas carreras a término, lo cual deberá ser informado de manera fehaciente a los alumnos y con prelación al momento de formalizar su inscripción.
Para el caso de las carreras a término o por cambio de Plan de Estudios la regularidad de las unidades curriculares se extenderá por dos (2) años computados a partir del año de finalización del cursado, y se extenderá por dos (2) años más (por sobre los dos anteriores)  la posibilidad de rendir exámenes finales  para complementar la carrera en condición de Alumno  libre, en  las unidades curriculares que así lo permitan.

Los alumnos tendrán derecho a que se les respete el plan de estudio en el que se inscribieron dentro de los plazos vigentes de dicho plan, con la extensión de la regularidad encuadrada dentro de lo previsto en el RAM Resolución  7623 Anexo II MECCyT de la Provincia del Chaco.







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